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Ganancias 2024: ¿puede haber pago retroactivo con el nuevo proyecto del Gobierno?

Por Lucrecia Eterovich - Redactora de Economía y Política Publicado en El Cronista online 07/03/2024


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La intención del Gobierno es volver a enviar al Congreso el proyecto para la creación del impuesto a los Ingresos Personales -reversión de Ganancias-, que dependerá del resultado de la reunión del viernes con los gobernadores. Pero en caso que ello suceda y se apruebe: ¿será retroactivo para los meses previos del 2024?


Hasta el momento se desconoce la letra chica del proyecto que se pondrá sobre la mesa mañana en las negociaciones. Según pudo confirmar El Cronista, por fuentes de la Casa Rosada, el oficialismo actualizaría el piso. El cual en el proyecto original se había fijado en $1.250.000 brutos mensuales para los trabajadores solteros. Como también sobre sí se deberá recalcular el pago y en caso de ser así, la forma en que se tendrá que hacer. "Al ser un impuesto de ejercicio, cualquier modificación que se haga puede llegar a tener vigencia desde el 1º de enero, cuando comienza el año fiscal", afirmó el CEO de Lisicki Litvin & Asociados, César Litvin.


En caso de que ello suceda, alertó que algunos contribuyentes se sorprenderán con una deuda ante el fisco. Y esos serán aquellos que antes se encontraban excluidos del cedular, pero cuyos ingresos superen el nuevo mínimo no imponible que se fije.


Aunque destacó, que si existe la posibilidad de otro escenario. "Hay antecedentes, durante la gestión anterior, de que cada vez que se aumentaba el piso, los mismos entraban en vigencia desde la publicación en el Boletín Oficial y no tenía efecto retroactivo".


Siendo esta, bajo su consideración, la forma en que tendría que ser. "Debería tener vigencia hacia adelante y no hacia atrás. Que haya dos mínimos no imponibles: uno del cedular por los primeros meses y otro más bajo por los meses siguientes y sus respectivas liquidaciones".


Una posición con la que no concuerda el contador Mario Goldman Rota quien afirmó: "El impuesto a las Ganancias es de ejercicio persona humana, año calendario. Aún si la ley entra en vigencia el 30 de diciembre de 2024 se aplica retroactivamente".


En cuanto a los montos a los cuales se reliquidaría, destacó que dependerá de la instrumentación que estipule la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) luego de que se sancione, promulgue y publique en el Boletín Oficial la ley.


"El verdadero problema de todos los ajustes del impuesto es que siempre se producen un año después. Pero en este caso se podría llegar revertir la situación: se cobraría un piso actualizado por inflación -con valores altos, como enero (20,6%, INDEC) y febrero (15% proyectado por las consultoras privadas) - sobre sueldos de meses previos", consideró.


A nivel del detalle sobre cómo afrontarían el pago los contribuyentes, el socio de Ghirardotti & Ghirardotti, Mariano Ghirardotti sostuvo que, "cuando se apruebe la ley, se prorrateará durante el resto del año lo que no se retuvo en los meses previos". Aunque remarcó que cabe la posibilidad de que se elija un mínimo no imponible puntual para cada uno de ellos.



 
 
 

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