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¿QUÉ ES EL FONDO DE GARANTÍA Y SUSTENTABILIDAD?

Por Cr. Ramiro I. Muzaber



El pasado Miércoles, 27 de diciembre de 2023, el Presidente de la Nación, Javier Milei envió al Congreso de la Nación un Proyecto de Ley Ómnibus, para desregular la economía e implementar una transformación estructural en diversas áreas y temas.


Entre varios puntos destacables en el mencionado proyecto, existe uno que llama poderosamente la atención y es que en el Artículo 226 se dispone que los activos del Fondo de Garantía y Sustentabilidad (FGS) creado por el Decreto Nacional N° 897/2007, se transfieran al Tesoro Nacional.


Pero ¿qué es el FGS? El Fondo de Garantía y Sustentabilidad es un fondo financiero que permite que el sistema de seguridad social argentino sea sólido y confiable. Con el objeto de proteger al sistema previsional de vaivenes económicos. El 12 de julio de 2007 el Ex Presidente Néstor Kirchner creó el FGS del Régimen Público de Reparto a través del Decreto 897/2007.  


Es el fondo financiero más importante de América Latina, y su finalidad es:

· Atenuar el impacto financiero que sobre el régimen previsional pudiera ejercer la evolución negativa de variables económicas y sociales.

· Constituirse como fondo de reserva, a fin de instrumentar una adecuada inversión de los excedentes financieros del régimen previsional, garantizando el carácter previsional de los mismos.

· Contribuir a la preservación del valor y/o rentabilidad de los recursos del Fondo.

· Atender eventuales insuficiencias en el financiamiento del régimen previsional, a efectos de preservar la cuantía de las prestaciones previsionales.


Además, el FGS se integra con los recursos percibidos por la ANSES que resulten de libre disponibilidad; las rentas provenientes de las inversiones; activos como títulos y acciones de las Ex AFJP y muchos otros bienes.


El FGS en noviembre de 2023 alcanzó el mayor valor en su historia con 76 mil millones de dólares. Pues se deduce que es una caja bastante importante, aunque su fin principal por el cual fue creado es para financiar a la ANSES para el pago de los beneficios del SIPA, siempre que durante la ejecución de su presupuesto se presentaren situaciones de contingencia que así lo requieran, y atender el pago de reajustes de haberes en situaciones, debidamente fundadas por la ANSES.


Por todo lo mencionado precedentemente, se puede advertir que estamos frente a una situación económica deplorable mediante el cual los jubilados y/o pensionados se encuentran en una situación de contingencia donde sus haberes previsionales se han visto pulverizados por los efectos de las altas tasas inflacionarias en los últimos años y que seguirán aumentado. De este modo, se debería recurrir rápidamente al FGS para recuperar el poder adquisitivo de los PASIVOS, cumpliendo con el fin para el cual fue creado.


Que, el FGS pase a las manos del Tesoro Nacional, significa utilizar esos recursos de manera discrecional por parte del Poder Ejecutivo Nacional, para la satisfacción de otras necesidades, ignorando una vez más a los beneficiarios de la ANSES.


Por último, como pequeño dato de color, el mencionado Artículo 226 del Proyecto de Ley Ómnibus menciona por un error de tipeo al “Decreto 867/07” y el correcto es el “Decreto 897/07”. Esto, ¿Es a prueba y error?

 
 
 

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